A- de 2025
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Lucia·Demandado El Cabildo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Declaración de oficio
- Se declara nulidad por cuanto el expediente se remitió a rotación sin haberse concluido la deliberación correspondiente
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente proveído se decreta la nulidad de la actuación surtida en el auto proferido por la magistrada Natalia Ángel Cabo, mediante el cual decidió remitir el expediente de la referencia al despacho del magistrado Juan Carlos Cortés González por considerar que, presentada su ponencia sin acuerdo entre los despachos, ésta no había alcanzado la mayoría requerida para su aprobación, por lo que, en los en los términos del numeral 10 del artículo 34 del Acuerdo 01 de 2025, procedía rotarlo a dicho despacho.
Teniendo en cuenta que se advirtió que el asunto se remitió a rotación sin haberse concluido la deliberación correspondiente y, por ende, sin que se hubiera surtido un anuncio formal inequívoco del sentido del voto por pate de los miembros que componen la Sala Primera de Revisión, se ordenó devolver el asunto al despacho de la doctora Natalia Ángel Cabo para que reasuma su gestión como ponente y proceda con los trámites que correspondan a la sustanciación y decisión conforme a la deliberación de la referida Sala.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DECRETAR la nulidad de la actuación surtida con el Auto del 3 de octubre de 2025 proferido por la magistrada Natalia Ángel Cabo, mediante el cual decidió remitir por rotación el expediente T- 11.096.783 al despacho del magistrado Juan Carlos Cortés González.
- SEGUNDO. Por Secretaría General de la Corte Constitucional, devuélvase el expediente a la magistrada Natalia Ángel Cabo, para que reasuma su gestión como ponente y proceda con los trámites que correspondan a la sustanciación y decisión conforme a la deliberación de la Sala Primera de Revisión.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.